Trochando Sin Fronteras – Marzo 19 de 2021
Comunidades entregan hoy a la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP- el Informe de judicializaciones y detenciones arbitrarias a #LíderesSociales en Arauca.
El informe debelaría cómo la Fiscalía General de la Nación y Fuerza Pública ponen a disposición sus capacidades investigativas y militares para perseguir a las comunidades favoreciendo intereses de las empresas minero-energéticas. Ejemplo son la captura de #LíderesSociales en San Luis de Palenque; de José Vicente Murillo, Líder social integrante del Congreso de los Pueblos y de Bernardo Agüello, líder comunitario capturado en 2002.
La JEP recibirá el informe titulado: ¿ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA O SECUESTRO ESTATAL?, junto a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Procuraduría General de la Nación. En el evento programado para el 23 de marzo de 2021, se presentarán los casos y testimonios de los siguientes #LíderesSociales:
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- Bernardo José Arguello Santos
- Alonso Campiño Bedoya
- Doris Nayibe García Gutiérrez
- Ernesto Alexander Roa Montañés.
- Gloria Dilva Medina Ramírez
Líderes capturados en medio de «Falsos Positivos Judiciales«, término para referirse a hechos presentados como legales en resultado de la misión funcional del Estado; pero que son montajes para judicializar y vincular a los líderes con grupos armados ilegales. Según las comunidades y organizaciones de derechos humanos las judicializaciones realizadas en la región evidencian sistematicidad del hecho y la finalidad del Estado.
«La estrategia diseñada con miras a reprimir la organización y labor social, intentando acallar la expresión de un pueblo, mediante procesos judiciales, que se han aplicado en el departamento de Arauca desde hace varias décadas, especialmente desde el año 2002, han partido de montajes orquestados desde la Fiscalía General de la Nación, la Fuerza Pública, Departamento Administrativo de Seguridad -DAS-, apoyados de supuestos reinsertados de los grupos armados de oposición e “informes de inteligencia””.
El informe realizado por la Fundación de Derechos Humanos Joel Sierra, con el apoyo de la Universidad Nacional de Colombia y el acompañamiento de la MAAP OEA, evidenciaría que dichos montajes buscan castigar a los #LíderesSociales, por su ejercicio en defensa de la vida, los territorios y los derechos fundamentales.
Desde agosto de 2002 en el departamento de Arauca, más de 2 mil personas han sufrido el martirio de estar privados de su libertad, además se han realizado 42 detenciones masivas. En la mayoría de casos el Estado se ha visto obligado a reconocer la inocencia de los acusados y en varios casos hasta solicitar investigaciones contra los funcionarios y particulares que participaron en estos procedimientos.
Segun el informe de las comunidades este plan continúa como parte de la estrategia criminal de agresión del Estado. Para ello utiliza la Ley 1453 de 2011 (Por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.) y la Ley 1908 de 2018 (Por medio de la cual se fortalecen la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones) pretendiendo criminalizar la labor de los líderes y la protesta social. Además de aplicar estas leyes, desde el gobierno se realizan convenios entre empresas minero-energéticas, Fiscalía y Fuerzas Militares. Convenios que sostienen las Estructuras de Apoyo-EDA de la Fiscalía; unidades especializadas utilizadas para ligar cualquier práctica social o sindical al desarrollo de acciones en contra de la infraestructura minero-energética de la nación.
En la investigación corroboraría lo ya planteado por la Liga contra el Silencio, portal investigativo colombiano. Portal que reveló que los convenios suscritos fortalecen la Fiscalía y sus estructuras de judicialización, con el objeto de:
Aunar esfuerzos entre la Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional a través de las estructuras de apoyo EDA y la Dirección de investigación Criminal e Interpol- DIJIN en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, adoptando principalmente criterios de priorización de situaciones y casos, procurando una especial atención para reforzar su capacidad investigativa y de judicialización en la represión de las conductas delictuales que afectan a ECOPETROL, sus grupos empresariales y asociadas, que corresponden a los delitos de apoderamiento de hidrocarburos, sus derivados, biocombustibles o mezclas que lo contengan, terrorismo ejecutados contra la infraestructura petrolera e instalaciones de la industria, obstrucción a vías públicas, secuestro, extorsión, hurto de bienes, lavado de activos, vías de hecho durante protestas sociales que afecten la adecuada operación de la industria petrolera, en las zonas que comprenden el presente convenio (Acuerdo de Cooperación – AC-No.01 Derivado del Convenio Marco – CM No. 3011412)[1]
El informe, también plantearía que el objeto de los convenios y acuerdos de cooperación tipifican como delito derechos fundamentales de las comunidades, ligando la protesta social con el terrorismo, hurto, lavado de activos, secuestro y extorsión.