
Trochando Sin Fronteras Arauca – 25 de Abril de 2016
Para entender cómo ha actuado el paramilitarismo en el departamento de Arauca, Trochando Sin Fronteras entrevistó a Sonia López, defensora de Derechos Humanos y dirigente del Movimiento Político de Masas Social y popular del Centro Oriente de Colombia. También conversamos con la abogada Soraya Gutiérrez, integrante del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.
Trochando Sin Fronteras: ¿Sonia, ayúdenos a entender cómo se implementó el paramilitarismo en Arauca?
Sonia López: El paramilitarismo tiene que ver con toda una estrategia de guerra sucia del estado Colombiano y que en nuestro departamento fue destinado a asegurar que la clase política tradicional continuara hegemonizando los gobiernos locales, regionales y nacionales para ponerlos a servicio de los interese de los grupos económicos nacionales y transnacionales. Especialmente, para el caso de Arauca, generar toda una estrategia de terror que desarticulara el tejido social, que acabara las voces de protesta y la exigencia por condiciones de vida digna en el territorio. Por ello, en desarrollo de este eje criminal, se asesinó, se constriñó, se amenazó y desplazó a gente del común, dirigentes políticos y sociales, a comerciantes, ganaderos, transportadores y servidores públicos, pero en especialmente a dirigentes sociales y defensores de Derechos Humanos que vienen apostándole a generar condiciones de vida digna para toda la comunidad y a denunciar todos los hechos violatorios a los derechos humanos en la región y en el país.
En ese escenario se generó una reunión en el 2013 en la ciudad de Tame, donde la estructura paramilitar que hacía presencia en el departamento -el Bloque Vencedores de Arauca- reunió a gente de la comunidad, dirigentes políticos, a ganaderos a personas del municipio de Tame, para dar unas orientaciones sobre cómo debería ser y cuáles deberían ser las personas que iban estar dentro de los gobiernos local y departamental. Allí en esta reunión los paramilitares definieron que para las elecciones de 2003 que iban a definir los mandatarios del período 2004- 2007, que iba a ser el alcalde Alfredo Iván Guzmán Tafur, quien posteriormente, por todas las denuncia hechas por el movimiento social, fue puesto tras las rejas por los delitos de concierto para delinquir y financiación y promoción del paramilitarismo.
Así mismo, se da todo el escenario del mandato del ex-gobernador Julio Acosta Bernal quien, según las denuncias y todas las investigaciones hechas, recibió 500 mil millones de pesos de parte de las estructuras paramilitares para financiar su campaña con el compromiso de que al llegar a la gobernación iba a pagar ese dinero y asumir la nómina de un grupo de paramilitares que iba actuar en Arauca. Y para llegar al poder pues tuvieron que amenazar y asesinar a diferentes líderes políticos y personas miembros de las instituciones. Es el caso del doctor Juan Alejandro Plazas Lomónaco, quien fue asesinado el 10 de Julio del 2003 por orden de Julio Acosta Bernal, para garantizar que la Registraduría permitiera toda la ola de corrupción vivida en este departamento.
Trochando Sin Fronteras: Doctora Soraya, cuéntenos por qué ha sido investigado el exgobernador de Arauca Julio Acosta Bernal y por cuáles delitos?
Soraya Gutiérrez: El señor Julio Acosta Bernal fue vinculado a una investigación penal por los delitos concierto para delinquir agravado, es decir su asociación con estructuras paramilitares que actuaron en el departamento de Arauca, y también por el homicidio del delegado de la Registraduría, el señor Juan Alejandro Plazas Lomónaco. Contra él se adelanta un proceso penal por su responsabilidad en calidad de determinador y coautor en estos dos delitos.
Este señor fue objeto de un proceso de juzgamiento por parte del juzgado especializado de Medellín, que finalmente en el año 2013 había proferido sentencia condenatoria por estos delitos contra el señor Julio Acosta Bernal. Sin embargo, estando el proceso en trámite de resolución de un recurso de apelación que presentó la defensa contra la sentencia condenatoria, el Tribunal de Medellín, después de dos años de estar allí el proceso, decidió inhibirse de conocer esta apelación, señalando que podría encontrar una nulidad en el proceso porque no era competente la fiscalía general de la nación y el juzgado especializado para conocer el caso de Julio Acosta Bernal, y por lo tanto remitió el proceso a la Corte Suprema de Justicia para que ésta decidiera si la nulidad procedía o no. Entonces la Corte, el pasado 30 de marzo, decidió declarar la nulidad de lo actuado, en razón de la competencia.
Esto qué significa? Que la Corte señala una nulidad parcial del proceso a partir del cierre de la investigación por razones de competencia, debido a dos hechos. Dice la Corte en su decisión que está facultada para conocer y adelantar el proceso contra el señor Julio Acosta Bernal, porque para la fecha que ocurrió el crimen de Juan Alejandro Plazas Lomonaco, él no era aún gobernador pero sí se valió de relaciones con las estructuras paramilitares que operaban en Arauca y relaciones en general con las estructuras paramilitares desde el 1997. Posteriormente en el 2001 el clan Castaño que le permitió reunirse con ellos, donde hay pruebas de que el señor Julio Acosta se reunió a fines del 2002 en el departamento de Córdoba con miembros de las estructuras paramilitares para planear la muerte de personas que él consideraba que pertenecía a la guerrilla pero que realmente era una estrategia del paramilitarismo por sectores políticos y económicos regionales tendientes a destruir, a exterminar, a perseguir sectores vinculados a organizaciones sociales, a organizaciones políticas de oposición, a sectores campesinos, que podrían constituirse en un obstáculo para sus aspiraciones políticas, la cual era para ese momento el lanzarse a la gobernación de Arauca. Entre ellas se encuentra el asesinato del señor Luis Alejandro Plazas Lomónaco.
Así mismo, señala la Corte, que hay pruebas que demuestran que él [Julio Acosta] recibió financiación económica para su campaña y que incluso posteriormente una vez asumió su cargo como gobernador, estas relaciones y vínculos con las estructuras paramilitares se evidenció. Entonces dice la Corte: Si era cierto que él no era gobernador, sí se valió de estas alianzas para llegar al a gobernación, por tanto, entonces la competente para investigar y juzgar a personas que gozan de fuero en este caso los gobernadores o en otros casos los congresistas y diplomáticos pues es la Corte Suprema de Justicia y por tanto la Corte decide declarar esta nulidad parcial y remitir al Fiscal General de la Nación, que según la ley es el responsable de investigar y acusar a personas con fuero, o un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, el responsable de hoy volver a retomar la investigación y acusar al señor Julio Acosta Bernal, si así lo considera, de los delitos que ya son sido objeto de condena.