Trochando Sin Fronteras, Febrero 23 de 2020
Por: Mauricio Reyes Rojas – Trochando Sin Fronteras
En el artículo Régimen de Matrículas Unillanos: ¿Nuevo régimen o más de lo mismo? se analizo la propuesta de un «Nuevo régimen de matrículas en la Universidad de los Llanos», se hablo de lo malo, las perlas y lo bueno. En esta segunda entrega se quiere analizar un punto crucial de la propuesta – Los descuentos socioeconomicos.
Descuentos actuales – Acuerdo 060 de 1999
El actual régimen de matrículas contempla en su Articulo 1. Parágrafo 1 la realización de un estudio socioeconómico del estudiante. este estudio lo clasificará y de a cuerdo a ello, tendrán derecho a un descuento en el valor de la matrícula.
ARTÍCULO 1…
PARÁGRAFO 1. Si el ingreso anual reportado por los certificados de ingreso es inferior a veinticuatro (24) salarios mínimos vigentes, se realizará un estudio de clasificación socioeconómico por parte del Comité de Trabajo Social, que permitirá clasificar a los alumnos en tres categorías, de acuerdo a la cual tendrán
derecho a un descuento en el valor de la matrícula académica así:
– Nivel Bajo : CLASE A Descuento hasta del 60%
-Nivel Medio Bajo : CLASE B Descuento hasta del 40%
-Nivel Medio : CLASE C Descuento hasta del 20%
-Nivel Alto : CLASE D Sanción
Después del primer semestre académico dentro de la Universidad, el estudiante conservará el descuento otorgado por la categoría en un porcentaje que depende del promedio del semestre anterior así:
Nota entre 3.0 y 3.3 50% del descuento de la categoría Nota promedio igual a 3.4 75% del descuento de la categoría Nota promedio superior o igual a 3.5 100% del descuento de la categoría
Esta norma también establece en el Articulo 13 descuento para miembros de la misma familia, cónyuges o hermanos
ARTÍCULO 13. Los miembros de una misma familia, cónyuges o hermanos, tendrán derecho a una deducción del 50% en el valor de la matrícula académica, previo concepto del comité de trabajo social, y siempre que no goce de ninguna otra prerrogativa.
En el desarrollo de la norma se creó un carrusel entorno a la liquidación de los descuentos, datos falsos, certificados de contador a $5.000, contratos de prestación de servicios en el área socioeconomica que semestre a semestre «analizaban» las más de 1000 solicitudes. Todo esto desconociendo la norma que establece: » Después del primer semestre académico dentro de la Universidad, el estudiante conservará el descuento otorgado por la categoría en un porcentaje que depende del promedio del semestre anterior». El carrusel creó un desgaste económico y administrativo que se debe subsanar en una nueva propuesta.
La propuesta del nuevo régimen
La propuesta de nuevo régimen de matrículas de la Universidad de los Llanos anuncia el posible descuento del 50% a estudiantes que no pertenezcan a programas de gratuidad del Gobierno Nacional, Departamental o Municipal. estos descuentos se realizarían sustentados en dos parágrafos incluidos en el Artículo 5 parágrafo 1 y 2 que establecen:
ARTÍCULO 5…
PARÁGRAFO 1. Los estudiantes que no sean beneficiarios del programa Generación E (Componente Equidad), u otros programas de gratuidad educativa del Gobierno Nacional, Departamental o Municipal, se les aplicará un descuento del 50% en la liquidación de los derechos de matrícula, previo concepto del Comité de Trabajo Social.
PARÁGRAFO 2. Para acceder al descuento que se menciona en el parágrafo 1, el estudiante debe acreditar los siguientes requisitos:
-Pertenecer a los estratos 1 y 2
-Estar en los niveles 1 y 2 del Sisbén con estado verificado.
Además de reconocer en el Artículo 9 el descuento para hermanos y para estudiantes admitidos bajo alguna condición de discapacidad.
Artículo 9. Cuando dos o más hermanos se matriculen en la universidad, tendrán todos ellos derecho a un descuento del 50% del valor de sus derechos de matrícula, previa verificación del comité de trabajo social y siempre que no gocen de alguna otra prerrogativa.
Igual descuento y bajo los mismos términos, se concederá a los estudiantes admitidos bajo alguna condición de discapacidad debidamente acreditada por la institución competentes
Se puede analizar que estos dos artículos dejan por fuera los descuentes de cónyuges. Derecho adquirido por algunos estudiantes ya admitidos en la universidad. Además de ello los dos parágrafos del Artículo 5 pueden contener un error – acreditar pertenecer a los niveles 1 y 2 del Sisbén con estado Verificado – error que no permitirá la aplicación de la norma y que creará a futuro problemas en la aplicación de los descuentos.
¿Existen niveles 1 y 2 en el Sisbén III?
Antes de responder la pregunta definamos Sisbén: el Sisbén es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales que, a través de un puntaje, clasifica a la población de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas.
En el país se implementaron tres versiones y en el momento la IV Versión está en proceso. Según el Sisbén y el Departamento Nacional de Planeación -DNP- para diciembre de 2019, se culmino la etapa de recolección de datos.
La versión actual de Sisbén III, clasifica a los posibles beneficiaros por puntajes de 1 – 100 (corte por programa). Definiendo tres zonas (14 ciudades entre ellas Villavicencio, zona urbana y zona rural), además de la exclusión del estrato socioeconómico.
El Sisbén III no cuenta con cortes por niveles –observar tabla de principales diferencias de metodología del Sisbén sin esta clasificación es imposible para la universidad establecer quienes son o no merecedores al descuento del 50%.
La clasificación por niveles corresponde a la metodología del Sisbén II, en el documento COMPES 3877, DECLARACIÓN DE IMPORTANCIA ESTRATÉGICA DEL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN DE POTENCIALES BENEFICIARIOS (SISBÉN IV) – podemos encontrar información de la clasificación del Sisbén II y los cortes por nivel.
El Sisbén II inició el levantamiento de información en el 2002, y se implementó en el 2005. Aunque el puntaje otorgado a los hogares seguía estando entre 0 y 100, en esta versión los programas focalizaban por niveles.
Niveles del Sisbén en los cuales se distribuía a toda la población en la base de datos según el puntaje que obtuvieran, siendo el primer nivel el correspondiente a las personas con puntajes más bajos. Para las zonas 1 y 2 (cabeceras y centros poblados) la distribución de niveles y puntajes era: Nivel 1, de 0 a 11; 2, de 11,01 a 22; 3, de 22,01 a 43; 4, de 43,01 a 65; 5, de 65,01 a 79; y 6, de 79,01 a 100. En la zona 3 (rural disperso), la distribución es la siguiente: Nivel 1, de 0 a 17,5; 2, de 17,51 a 32; 3, de 32,01 a 51; y 4, de 51,01 a 100.
Además de este error, la universidad debería incluir en la norma la metodología y caracterización que se implementará en el Sisbén IV. Esta versión contará con cambios significativos como: castigar el fraude, Base de datos nacional, y cruce de información entre Sisbén IV y -DANE- .
-Dato de interés Sisbén IV: Probablemente si tu ingreso familiar es de $570.000. El puntaje podrá subir un poco, el Sisbén IV puede dejarlo sin descuento del 50% .
Descuentos en dificultades
El requisito establecido en el parágrafo 2 – acreditar pertenecer a los niveles 1 y 2 del Sisbén con estado Verificado – generará dificultades a los estudiantes y la universidad para obtener los requisitos que sustenten la asignación del descuento del 50%. Ante esta dificultad se pueden realizar algunas preguntas: ¿Existen equivalencias para clasificar puntajes de Sisbén III en niveles?, ¿Se usará la clasificación del Sisbén II? ¿Estará en manos de la administración la reglamentación?.
Al responderlas hipotéticamente se puede establecer que:
- No existen tablas de equivalencia para clasificar puntajes sisben III en niveles.
- La clasificación del Sisbén II reconocía el nivel II hasta 22 puntos en lo urbano y 32 puntos en lo rural.
- ¿El Comité de Trabajo Social tendrá la responsabilidad de reglamentar estas equivalencias.?
–Algunos dirán: -los representantes argumentaron que existen equivalencias para clasificar puntajes del Sisbén III en niveles, ante la afirmación dejo mi Twitter para que me envíen documentos que sustenten lo argumentado, o para cualquier inquietud.
Ante lo expuesto, los estudiantes deben estar atentos a la aplicación de estos dos parágrafos. no se puede aprobar una reforma del régimen de matrículas con datos y requisitos que no existen – Niveles I y II de Sisbén -. La propuesta debe estructurarse de tal manera que se mantenga en el tiempo y que responda al análisis socioeconómico de los estudiantes. Una propuesta como la presentada por los representantes puede dejarlos sin becas y sin descuentos.
** Las opiniones, análisis y/o similitudes expresadas por los autores son su responsabilidad, por tanto Trochando Sin Fronteras no se hace responsable