Trochando Sin Fronteras, febrero 19 de 2020
Por: Mauricio Reyes Rojas – Trochando Sin Fronteras
Algo de movilización, paros y propuestas
La gratuidad en la educación superior en Colombia siempre ha sido el derrotero del “gremio” y de organizaciones estudiantiles. Por décadas han exigido garantizar el acceso a la educación superior para las clases populares. En 2011 La Mesa Amplia Nacional Estudiantil – MANE- propuso “Universidad Pública, gratuidad y con excelencia al servicio de las necesidades del pueblo Colombiano”. Premisa de la MANE que continúa en las exigencias de los estudiantes en asambleas, movilización y paro.
Los estudiantes de la Universidad de los Llanos no han sido ajenos a la premisa. Entre 1997 y 1998 se movilizaron exigiendo la modificación al Acuerdo que regía el cobro de las matrículas, movilización que dejó la firma del Acuerdo Superior 060 de 1999. Acuerdo que derogó los acuerdos 022 de 1992; 024 de 1995; 002 de 1997 y 042 de 1999.
Consulta la Normativa Universidad de los Llanos
Un paño de agua tibia
El acuerdo 060 de 1999 puede considerarse un paño de agua tibia, 21 años después tiene para los estudiantes una de las matrículas de universidad pública más caras del país. Además qué estableció una formula que no analiza las condiciones socioeconómicas de los estudiantes.
En el acuerdo los Derechos de Matricula estan definidos por D.M=(I*3)/100, donde D.M es Derecho de Matricula, I es el Ingreso en pesos por grupo familiar según Certificado de ingresos Renta líquida en la Declaración de Renta, y 3 y 100 son constantes. Además de la fórmula, se estableció también un articulo que sin importar el resultado, como mínimo los estudiantes deberían pagar de 0,8 SMLV a los programas académicos que realizaron la movilización y paro, y un 1,4 SMLV para las nuevos.
ARTÌCULO 5. No obstante lo previsto en el artículo anterior, se establecen los siguientes topes para el cobro de Matrícula Académica:
a. Para los programas de Ingeniería Agronómica, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Enfermería, Lic. Matemáticas y Física, Lic Producción Agropecuaria, Lic Educación Física tendrán una matrícula académica mínima de 0.80 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
b. Para los de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica, Economía; y demás programas nuevos que ofrezca la Universidad, el valor corresponderá a una matrícula académica mínima de uno punto cuatro (1.4) salarios mínimos legales vigentes.
c. Para todos los programas, un tope máximo de Matrícula Académica, será de seis puntos (6.0) salarios mínimos mensuales vigentes, para dichos programas. un cobro.
Inequitativo si, anticonstitucional también… desde ese momento hasta el 2020 el movimiento estudiantil planteó la necesidad de modificar el régimen de matrículas. Destacándose los años 2004 – 2005, 2008 – 2009, 2011 – 2013 y desde 2014 a la actualidad como años de movilización y lucha.
En 2013 la petición que fue escuchada. La administración de la universidad y Consejo Superior Universitario tras una asamblea avalaron una mesa de negociación en la que se incluía esta reivindicación.
En la mesa se acordó la realización del contrato de Consultoría N° 1634 de 2014 “Estudio para diseñar la nueva política de matrículas en la Universidad de los Llanos” , estudio que para la universidad debería en su momento contener una sola regla, mantener el recaudo por concepto de derechos de matrícula.
Consultoría realizada por la Corporación Choapo, que años después fue denunciada por el actual alcalde de Villavicencio Felipe Harman y por candidatos a las representaciones estudiantiles. Denuncias que no pasaron de las redes y de una opinión sin fundamento.
Para 2018 la Contraloría Departamental del Meta en el Informe Definitivo Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Especial Vigencia 2014 – 2016 de la ESTAMPILLA UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS no encontró inconsistencias en el contrato de consultoría y por el contrario en la tabla de hallazgos negativos estableció:
El contrato de Consultoría N° 1634 de 2014, suscrito entre la Universidad de los Llanos y Corporación Choapo, cuyo objeto es “Un estudio para diseñar la nueva política de matrículas en la Universidad de los Llanos” se sustentó en la necesidad de cambiar el régimen de matrículas que se encontraba vigente y que planteaba una gran diferenciación en los valores que se cobraban en la matrículas de las diferentes carreras sin tener en cuenta parámetros socioeconómicos.
Aunado a lo anterior se estableció dentro de las obligaciones del contrato entregar la propuesta de ajuste normativo necesaria para poder aplicar el nuevo modelo de matrículas de la Universidad con el fin de que se generara el acuerdo respectivo por parte del Consejo Superior y se sistematizara el mismo.
No obstante a pesar de encontrarse dentro de los resultados del estudio todos los entregables exigibles en el contrato, no existe evidencia de un nuevo régimen de matrículas.
Así las cosas se configura un presunto hallazgo disciplinario por una planeación deficiente considerando que han transcurrido tres años durante los cuales no se ha realizado el ajuste normativo para implementar el nuevo régimen de liquidación de matrículas ni se encontraron evidencias donde se demuestre las gestiones realizadas para dar cumplimiento a lo concebido en la necesidad.
Informe que calló la boca de los que en redes opinaron y denunciaron sin fundamento. Un año después de las denuncias y luego conocerse el informe de la Contraloría Departamental, los representantes estudiantiles Andrés Cardona Candamil y Fernando Saavedra presentaron propuesta en Asamblea de Estudiantes y al Consejo Académico para la modificación del Acuerdo 060 de 1999. Propuesta que ya fue avalada por el Consejo Académico y que en primer debate fue aprobada por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de los Llanos.
Aunque socializada, algunos estudiantes y representantes estudiantiles, así como el Consejo Estudiantil Universitario aún tienen reparos. Propuesta que nuevamente va a ser debatida y que podría ser aprobada en el máximo órgano de dirección de la Universidad de los Llanos.
¿ Una nueva propuesta?
No les niego fue difícil encontrarla, luego de indagar con docentes y estudiantes, tuvimos acceso a ella, todo a vísperas de una Asamblea General de Estudiantes que analizará y que tomará definiciones sobre lo que se avaló y aprobó en primer debate.
Luego de leer y analizarla podría dar un ACB de lo malo, las perlas y lo bueno de la propuesta.
Lo Malo
a. La universidad bajara de 15% a 3% el porcentaje de rubro de matrículas para proyectos de inversión que beneficien a estudiantes en casos de Vulnerabilidad Extrema.
Es necesario conocer sobre que estudio se basa la reducción del porcentaje del rubro, ¿Cuantos estudiantes en Vulnerabilidad Extrema existen en la Universidad de los Llanos ?
b. Los Derechos de Matricula continuaran con la fórmula D.M = (I*3)/100 heredada del 060 de 1999.
La propuesta no incorpora nuevos parámetros socioeconomicos, razón que sustento la necesidad para contratar el estudio y que la Contraloría destaca en su Informe. Además no se evidencian en los considerandos dentro del nuevo régimen de matrículas.
El contrato de Consultoría N° 1634 de 2014, suscrito entre la Universidad de los Llanos y Corporación Choapo, cuyo objeto es “Un estudio para diseñar la nueva política de matrículas en la Universidad de los Llanos” se sustentó en la necesidad de cambiar el régimen de matrículas que se encontraba vigente y que planteaba una gran diferenciación en los valores que se cobraban en la matrículas de las diferentes carreras sin tener en cuenta parámetros socioeconómicos.
c. La propuesta mantiene el Articulo 5 del 060 de 1999, que inhabilita la formula y que continuará cobrándole a los estudiante un monto mínimo sin importar su nivel socioeconómico, hecho que se evidencia en el articulado.
Régimen de Matriculas – Acuerdo Superior N° 060 de 1999
ARTÌCULO 5. No obstante lo previsto en el artículo anterior, se establecen los siguientes topes para el cobro de Matrícula Académica:
a. Para los programas de Ingeniería Agronómica, Medicina Veterinaria y Zootecnia, Enfermería, Lic. Matemáticas y Física, Lic Producción Agropecuaria, Lic Educación Física tendrán una matrícula académica mínima de 0.80 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
b. Para los de Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica, Economía; y demás programas nuevos que ofrezca la Universidad, el valor corresponderá a una matrícula académica mínima de uno punto cuatro (1.4) salarios mínimos legales vigentes.
c. Para todos los programas, un tope máximo de Académica, será de seis puntos (6.0) salarios mínimos mensuales vigentes, para dichos programas.
Nuevo Régimen de Matriculas
ARTÍCULO 5. No obstante lo previsto en el artículo anterior, se establecen los siguientes topes para el cobro de los derechos de matrícula:
a.Los programas de nivel de formación universitaria tendrán un valor mínimo de derechos de matrícula correspondiente a cero punto ocho (0.80) salarios mínimos legales vigentes.
b.Los programas de nivel de formación técnica profesional y tecnológica tendrán un valor mínimo de derechos de matrícula correspondiente a cero punto cinco (0.50) salarios mínimos legales vigentes.
c.Todos los programas académicos tendrán un valor máximo de derechos de matrícula correspondiente a seis (6.0) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
d. La propuesta elimina las becas para los cónyuges
e. La propuesta elimina funciones del Comité de trabajo Social del 060 de 1999 limitando el actuar del comité frente a los casos presentados por los estudiantes.
Régimen de Matriculas – Acuerdo Superior N° 060 de 1999
ARTICULO 18 : Son funciones del Comité de trabajo social, las siguientes:
a. Realizar el estudio para la clasificación de los estudiantes que soliciten su liquidación y re-liquidación, conforme a lo estipulado en el presente acuerdo, para hacer efectivas las deducciones en el pago de la matrícula.
b. Considerar casos especiales de estudiantes que siendo de bajos recursos acrediten ser: Hermanos y cónyuges a quienes se les hará un descuento único del 50% de la Matrícula Académica previo concepto de Comité de Trabajo Social.
c. Estudiantes cobijados por programas especiales de admisión
d. Estudiantes con modificación de ingresos por calamidad
e. Estudiantes emancipados que dependan de sí mismos.
f. Elaborar y aprobar su propio reglamento.
Nuevo Régimen de Matriculas
ARTÍCULO 13. Son funciones del Comité de trabajo social, las siguientes:
a. Realizar estudio de re-liquidación.
b. Reglamentar los aspectos asociados a la condición de vulnerabilidad extrema.
c. Conceptuar sobre los estudiantes de que trata el parágrafo 1, artículo 5 y el artículo 9 del presente Acuerdo Superior.
Las Perlas
Aunque los representantes, a capa y espada defienden que la EXONERACIÓN DEL PAGO DE MATRICULA no se modificará, la propuesta la elimina de tajo. El Artículo 8 es una saludo a la bandera y en el Artículo 15 elimina el Articulo 65 del Acuerdo Superior Nº 015 de 2003.
ARTÍCULO 8. Sin perjuicio del pago de los derechos complementarios establecidos en el artículo 8, estarán eximidos del pago del valor de los derechos de matrícula, los estudiantes que de acuerdo a la ley y el reglamento estudiantil vigente obtengan este derecho.
Suena hermoso pero, en el Artículo 15 son claros en eliminar del Reglamento Estudiantil el articulo 65 que establece los requisitos para la EXONERACIÓN DEL PAGO MATRICULA
ARTÍCULO 15. El presente Acuerdo Superior rige a partir de la fecha de expedición y deroga las normas que sean contrarias, especialmente el Acuerdo Nº 060 de 1999, el Acuerdo Nº 05 de 2002, el Acuerdo Nº 008 de 2002, el A cuerdo Superior Nº 014 de 2010 y el artículo 65 del Acuerdo Superior Nº 015 de 2003.
Una segunda perla es el Aumento en el valor de los Derechos de Matricula, para estudiantes de programas técnicos y tecnológicos. Un 0.1 SMLV es poco, pero aun los representantes luego de la aprobación no socializan este cambio.
Link de socialización de la propuesta aquí
Lo Bueno
Luego de escribir sobre lo malo y las perlas es difícil establecer lo bueno de esta propuesta pero haciendo uso del rigor, también comentare lo bueno.
a) ……..
b) La reforma establece igualdad, pero no equidad en el valor de derecho de matrícula de todos los programas de pregrado de la universidad.
c) Los estudiantes de programas técnicos y tecnológicos pagaran los mismo que los estudiantes de programas de pregrado.
d) Se eliminara el bendito carrusel de descuentos socioeconomicos que se vivían en el pasado, y que ahora ha disminuido en la nueva administración.
¿Más de lo mismo?
Luego de leer y releer podríamos establecer que es más de lo mismo, la propuesta no analiza la realidad socioeconómica de los estudiantes, por el contrario los encasilla en mínimos que siempre limitan el acceso a la universidad pública.
La propuesta es escuálida en lo presupuestal. Se basa en programas de gobierno que en dos años podrían desaparecer y llevar a una posible crisis económica.
La propuesta mantiene la premisa de mantener el recaudo y no se interesa en dar verdaderas soluciones de acceso a poblaciones vulnerables.
Los representantes estudiantiles deberían confesar si es una reforma para favorecer a la administración de la Universidad de los Llanos o una reforma que favorezca a los estudiantes. El 20 de febrero los estudiantes se reunirán Asamblea para debatir sobre lo malo, las perlas y lo bueno. Esperemos que primen los intereses de los estudiantes y de todos lo que pretenden en un futuro ingresar al universidad.
** Las opiniones, análisis y/o similitudes expresadas por los autores son su responsabilidad, por tanto Trochando Sin Fronteras no se hace responsable