miércoles, abril 30, 2025

Ordenan recaptura del mayor Antonio José Ussa Cabrera procesado por ejecución extrajudicial

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Tribunal de Bucaramanga ordena recaptura del mayor Antonio José Ussa Cabrera procesado por una ejecución extrajudicial (Falso Positivo)

Por: Equipo Jurídico Pueblos

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial Bucaramanga mediante decisión de 22 de septiembre de 2017 resolvió recurso de apelación interpuesto por la Parte Civil ordenando revocar la decisión de primera instancia que decretaba la libertad de miembros del Ejército Nacional comprometidos en un doble homicidio, además había suspendido el proceso bajo el argumentoque esos hechos son de competencia de la Justicia Especial para la Paz -JEP-.

El 28 de Noviembre de 2002 en la carretera que conduce del sitio Macanillo a los Sapos, en el Municipio de Palmas del Socorro departamento de Santander fueron asesinados los señores DANIEL MUÑOZ CRISTANCHO, MARCO ANTONIO CASTELLANOS y se ocasionó graves heridas al señor MAURICIO MARIN por miembros del Gaula Santander, quienes adujeron estar actuando en el marco de un operativo anti extorsión. En el curso de la investigación se estableció las víctimas fueron llevadas hasta el lugar de los hechos por EDINSON SANMIGUEL ALÍAS «CAMENCHO», miembro activo del paramilitarismo, con quienes integrantes la institución castrense, planearon la acción criminal.

Por estos hechos cursa un proceso penal en etapa de audiencia pública de juzgamiento adelantado por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga; siendo acusados el Teniente Coronel ANTONIO JOSE USSA CABRERA, el Mayor FRANCISCO YECID VILLAMIL MORA, Sargento Primero MARIO OSCAR GODOY OROZCO, PEDRO ANTONIO CASTRO CASTILLO, JOSE ALFREDO CARDENAS CÁCERES, a favor de quienes se había concedido la libertad condicionada.

El Tribunal consideró que no podía aplicarse el Decreto 706 de 2017, pues éste refiere a la suspensión de las órdenes de captura contra militares prófugos y adiciona que tampoco podían ser beneficiados con la libertad condicionada, por cuanto no llevan más de cinco años presos. Como consecuencia de lo anterior conmina al Juez de Primera Instancia que en caso que los militares no se presenten voluntariamente a los sitios de prisión debe expedir nuevamente orden de captura.

La decisión permite evidenciar las dificultades que enfrentan hoy las víctimas de crímenes de Estado en los estrados judiciales: las actuaciones procesales están siendo suspendidas de bajo el argumento de que serán remitidas a la Jurisdicción especial para la Paz; se están concediendo libertades a militares en reclusión, en contravía de lo previsto la Ley 1820 de 2016 yen aplicación del Decreto 706 de 2017, normas estas que por sí solas ya contienen disposiciones que afectan el derecho a la verdad y la justicia, sobre todo cuando se está frente a los más altos responsables del terrorismo estatal.

El camino que está por recorrer para quienes mantienen firme la convicción de develar y exigir justicia frente a la criminalidad estatal, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y todo práctica represiva que ha afectado el movimiento popular en Colombia, es espinoso y requiere sin duda un ejercicio que permita la construcción de estrategias integrales, colectivas, que escuchen y comulguen con la voz e intereses de las víctimas.

Bucaramanga, 28 de septiembre de 2017

 

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